CONDICIONES GENERALES DE LÍNEA DE CRÉDITO EUROLOAN

Denominación social:
Mash Finance Spain, S.L.U.
Domicilio social:
A/A Tiché Abogados
Calle Infanta María Teresa 9 Local Izquierdo
28016 MADRID (ESPAÑA)
Número CIF: B-87988168
Registrado en el Registro Mercantil de Madrid, Volumen 37137, Libro 0, Folio 10 Página 8, Registro M662850.

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Horario: de lunes a jueves de 9:30 am a 18:30 pm / viernes de 9:30 am a 17:30 pm
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Página Web: www.euroloan.es

Las presentes condiciones recogen los términos y condiciones aplicables a la contratación de una línea de crédito concedida por Mash Finance Spain, S.L.U. (el "Acreedor") a sus clientes (en adelante, los "Términos Generales"). Los Términos Generales y las Condiciones Particulares serán denominados conjuntamente como el "Contrato".


1. TÉRMINOS Y DEFINICIONES

En los presentes Términos Generales, los siguientes términos tendrán el significado que se les atribuye a continuación:

  • "Contrato de Línea de Crédito Euroloan" "Línea de Crédito Euroloan" o "Crédito Euroloan" es el contrato de línea de crédito suscito por el Deudor con el Acreedor a través de la Página Web o mediante contratación telefónica en los términos acordados en estos Términos Generales y en las Condiciones Particulares;
  • "Cuenta Bancaria del Acreedor" es la cuenta abierta por el Acreedor y que será comunicada al Deudor en las comunicaciones de aviso de pago que se envíen al Deudor (por email o por otro medio habilitado por el Acreedor);
  • "Cuenta Bancaria del Deudor" es la cuenta abierta por el Deudor detallada en las Condiciones Particulares y registrada en MY.EUROLOAN;
  • "Cuenta de Crédito" hace referencia a la cuenta mantenida por el Acreedor a nombre del Deudor en la que se recogen el Límite de Crédito disponible, las Disposiciones y amortizaciones de principal de las Disposiciones efectuadas y los Saldos Pendientes;
  • "Cuota Mensual" hace referencia a la cuota mensual a pagar por el Deudor para el repago de los Saldos Pendientes resultantes de las Disposiciones determinada en las Condiciones Particulares. La Cuota Mensual será una cantidad fija calculada en base al Límite del Crédito. Sólo se pagarán Cuotas Mensuales en relación con Disposiciones efectuadas por el Deudor (para evitar dudas, si el Deudor no hace Disposiciones no tendrá que pagar ninguna Cuota Mensual);
  • "Deudor" hace referencia a la persona física que haya formalizado un Contrato de Línea de Crédito Euroloan en los términos acordados en estos Términos Generales y en las Condiciones Particulares. ;
  • "Decisión de Crédito" hace referencia a la decisión definitiva emitida expresamente por el Acreedor sobre el otorgamiento o denegación del Contrato de Línea de Crédito Euroloan al Deudor. El envío por parte del Acreedor al Deudor de la documentación contractual correspondiente al Contrato de Línea de Crédito Euroloan para su aceptación y firma se considerará, salvo manifestación en contrario por parte del Acreedor, como una Decisión de Crédito positiva y equivaldrá a la emisión del consentimiento del Acreedor para la celebración del Contrato de Línea de Crédito Euroloan;
  • "Disposición" hace referencia al importe correspondiente a una parte o a la totalidad del Límite del Crédito puesto a disposición del Deudor por el Acreedor en la Cuenta de Crédito y respecto del cual el Deudor ha efectuado una Solicitud de Disposición en la forma habilitada para ello en la Página Web o mediante contratación telefónica. El importe mínimo de Disposición será de 50 Euros;
  • "Fecha de Pago" hace referencia a la fecha de pago señalada en las Condiciones Particulares para el pago de las Cuotas Mensuales;
  • "Gastos del Crédito" hace referencia al importe total de comisiones, tasas y gastos acordados en estos Términos Generales y en las Condiciones Particulares y que deberá pagar el Deudor ;
  • "Interés del Crédito" hace referencia al tipo de interés de referencia acordado en estos Términos Generales ("Interés de Referencia") más un margen de interés señalado en las Condiciones Particulares ("Margen"). Los Intereses del Crédito se calcularán en relación con el principal dispuesto y pendiente de pago en cada momento;
  • "Interés de Demora" hace referencia al tipo de interés de demora señalado en las Condiciones Particulares;
  • "LCCC" hace referencia a la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Créditos al Consumo;
  • "Límite de Crédito" hace referencia al límite del crédito especificado por el Acreedor al Deudor en las Condiciones Particulares basado en la evaluación de riesgo que realice el Acreedor. El Límite de Crédito no será superior a 4.000 Euros ni inferior a 200 Euros;
  • "Límite Disponible" hace referencia al Límite del Crédito disponible en cada momento una vez descontadas las Disposiciones y sumadas las amortizaciones de principal efectuadas y que como máximo podrá ser igual al Límite de Crédito.
  • "Modelo de Información Normalizada Europea" o "INE" hace referencia al formato de información normalizado previsto en los artículos 10 y 12 de la Ley de Contratos de Crédito al Consumo, aplicable y preceptivo a todos los contratos de crédito por importe superior a 200 euros;
  • "MY.EUROLOAN": hace referencia al espacio personal y privado del Deudor ubicado en la Página Web y habilitado por el Acreedor, al que el Deudor podrá acceder identificándose con las credenciales habilitadas por el Acreedor y a través del cual el Deudor podrá acceder a la información relativa a su Línea de Crédito Euroloan (Saldos Pendientes, Límite Disponible, Fechas de Pago, etc.) así como realizar Solicitudes de Disposición, efectuar pagos de Cuotas Mensuales u otros Saldos Pendientes, modificar la Cuenta Bancaria del Deudor y modificar el medio de pago de la Cuota Mensual;
  • "Página Web" hace referencia a la página web del Acreedor: www.euroloan.es;
  • "Plazo de Crédito" hace referencia al plazo inicial de doce (12) meses desde la fecha del Contrato de la Línea de Crédito (el "Plazo Inicial") así como a las prórrogas subsiguientes durante el cual el Deudor podrá realizar Disposiciones.
  • "Saldo Pendiente" hace referencia al principal de las Disposiciones efectuadas pendiente de amortización en cada momento junto con los Intereses y Gastos del Crédito (incluidos los Intereses de Demora y otras cantidades pendientes de pago) devengados y pendientes de pago en cada momento;
  • "Solicitud de Crédito" hace referencia a la declaración de intención realizada por el Deudor a través de la Página Web o cualesquiera otros medios que el Acreedor ponga a disposición del Deudor (incluida la solicitud telefónica), de solicitar una Línea de Crédito Euroloan;
  • "Solicitud de Disposición" hace referencia a la orden de transferencia de una Disposición formulada por el Deudor en la forma habilitada en la Página Web desde la Cuenta de Crédito a la Cuenta Bancaria del Deudor.

 


2. OBJETO

Por la presente, el Acreedor ofrece al Deudor la contratación de una línea de crédito tras la realización por el Deudor de una Solicitud de Crédito a través de la Página Web tras haber completado el formulario de solicitud electrónico habilitado al efecto o a través de contratación telefónica.

El Deudor será responsable del cumplimiento de los términos de Contrato de la Línea de Crédito Euroloan y de otra índole aplicable al Crédito Euroloan, de la devolución de las Disposiciones efectuadas, así como de los Gastos del Crédito y los Intereses del Crédito (incluidos los Intereses de Demora en su caso) correspondientes.


3. ACCESO A LA INFORMACIÓN DE LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO

El Modelo de Información Normalizada Europea (que incorpora la información detallada en los artículos 10 y 12 de la LCCC) se encuentra a entera disposición del Deudor en la Página Web y se ha remitido al Deudor inmediatamente tras la recepción de la Solicitud de Crédito.

El Modelo de Información Normalizada Europea resultará de aplicación únicamente a la relación contractual correspondiente al Contrato de Línea de Crédito Euroloan que sea por importe superior a 200€.

Asimismo, el Modelo de Información Normalizada Europea, formará parte integrante de estos Términos Generales y queda adjunto como Anexo a los mismos.

El Acreedor reconoce el derecho del Deudor, cuando éste así lo solicite, tras la celebración del Contrato de Línea de Crédito Euroloan, a obtener la documentación correspondiente al Contrato de Línea de Crédito Euroloan, de los presentes Términos Generales así como las Condiciones Particulares en soporte duradero la cual le será enviada por correo electrónico a la cuenta de email señalada en las Condiciones Particulares.


4. SOLICITUD Y, EN SU CASO, CONCESIÓN DE LA LÍNEA DE CRÉDITO EUROLOAN

El Contrato de Línea de Crédito Euroloan se celebra a distancia, formulándose la oferta y aceptación y por tanto perfeccionándose el Contrato de Línea de Crédito Euroloan en la forma habilitada en la Página Web por el Acreedor o mediante contratación telefónica.

El presente Contrato es vinculante para el Deudor desde su aceptación expresa de acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior, si bien se perfecciona, y por tanto únicamente entra en vigor, cuando además el Acreedor haya emitido la Decisión de Crédito positiva.

El Acreedor ha tomado la Decisión del Crédito en base a la información y documentación proporcionada por el Deudor al efectuar la Solicitud de Crédito. En particular, el Deudor ha proporcionado al Acreedor: (i) copia de su DNI o documento identificativo suficiente a satisfacción del Acreedor, (ii) los datos de una tarjeta bancaria emitida a nombre del Deudor por una entidad habilitada para operar en España, (iii) los datos de la cuenta bancaria del Deudor abierta en una entidad bancaria habilitada para operar en España y listada en UNNAX (Fitnance), (iv) su número de teléfono móvil, y (v) su dirección de correo electrónico. El Acreedor no está obligado a justificar ninguna Decisión de Crédito ni positiva ni negativa.

El Deudor será responsable de la exactitud de la información y documentación proporcionada en la Solicitud de Crédito. Sin perjuicio de lo anterior, el Acreedor se reserva el derecho de reclamar al Deudor la información y documentación relativa a su identificación y solvencia que considere necesaria.

El Deudor manifiesta que es mayor de 18 años y menor de 75, y cuenta con documento nacional de identidad español vigente (D.N.I) u otro documento identificativo de su nacionalidad a satisfacción del Acreedor, y, durante la vigencia de la Línea de Crédito Euroloan se obliga a: (i) mantener una cuenta bancaria en una entidad autorizada para operar en España, (ii) mantener una tarjeta bancaria emitida por una entidad autorizada para operar en España, (iii) mantener un teléfono móvil y un cuenta de correo electrónico, (iv) no estar incluido en las listas de morosidad publicadas en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito, incluidos los publicados por ASNEF, y (v) contar con un ingreso periódico (ya sea como nómina u otro concepto). La modificación de cualquiera de estos extremos deberá ser inmediatamente notificada por el Deudor al Acreedor.

Al formular la Solicitud de Crédito de forma electrónica, el Deudor autoriza al Acreedor para que obtenga de terceros información relevante para el Contrato de Línea de Crédito Euroloan, y acepta que pueda comprobarse su historial de crédito con los registros de créditos públicos y/o privados.

Asimismo, el Acreedor solicitará al Deudor que proporcione información completa de los saldos, movimientos y posiciones de las cuentas que el Deudor tenga abiertas en entidades financieras y otros proveedores de servicios de pago.

El Deudor podrá aportar esta información mediante por medio de las herramientas electrónicas que se habiliten para ello o facilitando las claves o permisos de los sitios web en que se encuentre alojada.

Con este mismo fin, el Acreedor podrá consultar en los ficheros de solvencia patrimonial y crédito de ASNEF y éste se compromete a informar a los mismos del derecho que le asiste a efectuar esta consulta al amparo de la normativa de protección de datos. El Deudor autoriza al Acreedor a consultar información concerniente a su historia crediticia y posiciones de riesgo con entidades proveedoras de servicios de información, en particular Asnef-Equifax, para los propósitos de realizar un análisis de su solvencia crediticia. El Deudor acepta que en caso de impago o mora sus datos pueden ser incluidos en ficheros de morosidad incluyendo Asnef-Equifax.


5. LÍMITE DEL CRÉDITO

El Límite de Crédito se establece en las Condiciones Particulares.


6. DISPOSICIÓN DE LA LÍNEA DE CRÉDITO EUROLOAN

El Acreedor pone a disposición del Deudor el Límite de Crédito otorgado de forma inmediata a la entrada en vigor del Contrato de Línea de Crédito Euroloan en la Cuenta de Crédito. El Deudor podrá en ese momento hacer Solicitudes de Disposición en la forma habilitada en la Página Web o mediante solicitud telefónica. Al efectuar una Solicitud de Disposición el Deudor realiza una orden de transferencia en la forma habilitada en la Página Web desde la Cuenta de Crédito a la Cuenta Bancaria del Deudor.

El Deudor tendrá derecho a hacer Disposiciones dentro del Límite Disponible y únicamente durante el Plazo del Crédito. Las Disposiciones reducirán el importe del Límite Disponible y el importe de principal amortizado en cada momento incrementará el importe del Límite de Crédito disponible. Si el Deudor no realiza ninguna Disposición durante el Plazo de Crédito no se generará obligación de pago por ningún concepto.

El Deudor podrá solicitar que las Disposiciones se efectúen de forma (i) inmediata o (ii) normal, es decir, generalmente dentro de un plazo de dos días hábiles de los bancos afectados. La solicitud de Disposiciones inmediatas tendrá el coste señalado en MY.EUROLOAN.

En caso de impago o retraso en el pago de cualquier cuota o importe debido al Acreedor, sin perjuicio de que dicho impago o retraso sea causa de terminación y/o amortización anticipada de la Línea de Crédito Euroloan, el Acreedor podrá, a su sola discreción, limitar o poner fin al derecho de disposición del Deudor y desde ese momento el Deudor ya no podrá realizar Disposiciones; sin perjuicio de lo anterior, el Deudor deberá cumplir con todas sus obligaciones de repago bajo el Contrato de Línea de Crédito Euroloan.


7. INTERESES Y GASTOS DEL CRÉDITO

En relación con el Contrato de Línea de Crédito Euroloan el Deudor pagará, además del principal de las Disposiciones efectuadas, tanto el Interés del Crédito sobre el saldo pendiente en cada momento como los Gastos del Crédito acordados en las Condiciones Particulares. Lo anterior, sin perjuicio del Interés de Demora y otros gastos que puedan devengarse de acuerdo a lo previsto en estos Términos Generales y en las Condiciones Particulares.

Los intereses cobrados consistirán en el tipo de interés de referencia descrito en el siguiente párrafo, más el Margen señalado en las Condiciones Particulares. El tipo de Interés de Referencia deberá revisarse cada seis meses y estará disponible en la Página Web del Acreedor.

El tipo de Interés de Referencia será el tipo de interés del Banco Central Europeo aplicable a la última operación de financiación anterior al primer día del calendario del periodo de seis meses en cuestión. Los intereses se redondearán al siguiente medio punto porcentual. El tipo de interés confirmado se aplicará en cualquier caso a los seis meses siguientes. Al Deudor se le comunicarán los intereses aplicables a través de la Página Web del Acreedor. En caso de que el tipo de Interés de Referencia aplicable al cálculo de los intereses no se indique o deje de indicarse, el tipo de Interés de Referencia se determinará de acuerdo con la legislación o las instrucciones oficiales. La obligación del Deudor de pagar los intereses en relación con una Disposición comenzará en la fecha en la que el Deudor formule una Solicitud de Disposición en la forma habilitada en la Página Web. Los intereses se calcularán de acuerdo con los días reales usando el número 365 como divisor. Cualquier modificación en el tipo de interés aplicable se deberá notificar al Deudor de conformidad con la Cláusula 17.


8. FECHAS DE PAGO DE LAS CUOTAS MENSUALES Y PLAZO DE AMORTIZACIÓN DE LAS DISPOSICIONES

La Fecha de Pago de las Cuotas Mensuales será la señalada en las Condiciones Particulares. Cuando la Fecha de Pago de una Cuota Mensual coincida con un día considerado como inhábil en la ciudad de Madrid el pago deberá efectuarse el día hábil inmediatamente siguiente en la ciudad de Madrid. El Deudor podrá solicitar al Acreedor el cambio de la Fecha de Pago de la Cuota Mensual sin coste una sola vez antes de realizar la primera Disposición. Una vez efectuada la primera Disposición los cambios de Fecha de Pago de la Cuota Mensual deberán efectuarse con al menos 15 días naturales de antelación a la Fecha de Pago de la Cuota Mensual respecto de la que se solicita el cambio y tendrán el coste señalado en MY.EUROLOAN.

El plazo de amortización del Saldo Dispuesto y pendiente de pago en cada momento vendrá determinado y calculado en relación con la Cuota Mensual acordada en las Condiciones Particulares

El Deudor sólo podrá realizar Disposiciones durante el Plazo del Crédito. Trascurrido el Plazo Inicial, el Plazo de Crédito se renovará automáticamente por periodos de doce (12) meses adicionales a salvo de que el Acreedor notifique al Deudor su decisión de no renovarlo con antelación al término del Plazo Inicial o de cualquiera de sus extensiones, sin que por ello el Acreedor incurra en responsabilidad alguna.


9. REPAGO DE LAS DISPOSICIONES

Las Disposiciones efectuadas deberán devolverse en cuotas periódicas por el importe señalado como Cuota Mensual en las Condiciones Particulares. La Cuota Mensual incluirá todos los Intereses del Crédito y los Gastos del Crédito de acuerdo a lo señalado en las Condiciones Particulares. A dichos efectos, el Deudor podrá consultar el calendario de amortización de los Saldos Pendientes en todo momento mediante acceso a MY.EUROLOAN.

Las Cuotas Mensuales deberán pagarse de acuerdo con lo establecido en estos Términos Generales y en las Condiciones Particulares. El importe del pago de cada cuota es el determinado en las Condiciones Particulares como Cuota Mensual.

El pago de la Cuota Mensual se realizará (i) mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el Acreedor o en la Cuenta Bancaria del Acreedor, especificando la referencia del Contrato de Crédito Euroloan, (ii) mediante pago con tarjeta bancaria a través de MY.EUROLOAN o mediante contratación telefónica, (iii) a través de adeudo domiciliado en la cuenta indicada por el Deudor o (iv) a través de adeudo en la tarjeta bancaria del Deudor o (iv) a través de cualquiera de los métodos que el Acreedor ponga a disposición del Deudor. Para el adeudo a través de la tarjeta bancaria del Deudor, el Deudor deberá haber proporcionado al Acreedor los datos y autorización correspondientes (a través de los medios habilitados por el Acreedor en la Página Web, mediante contratación telefónica o a través de la correspondencia remitida al Deudor por link enviado por SMS o E-mail). En el caso de que en el momento de hacer el adeudo en la cuenta o la tarjeta bancaria del Deudor no hubiera fondos suficientes para atender el pago requerido, el Acreedor procederá a repetir la solicitud de adeudo hasta completar el importe pendiente.

El pago de las Cuotas Mensuales se considerará realizado una vez figure como recibido en la Cuenta Bancaria del Acreedor o en la cuenta señalada por el Acreedor en la notificación correspondiente.

La falta de recepción por el Deudor de la solicitud de pago por el Acreedor por cualquier motivo, no exime al Deudor de la obligación de pago en la fecha pactada. Si el Deudor no ha recibido la solicitud de pago (i) dentro de los cinco (5) días hábiles en la ciudad de Madrid previos a la fecha de pago de cualquier Cuota Mensual del Contrato de Crédito Euroloan el Deudor tendrá la obligación de informar al Acreedor de este hecho.


10. PENALIZACIÓN POR IMPAGO Y MORA

El impago, a su vencimiento (incluido el caso de declaración de amortización anticipada), de cualquier cantidad dispuesta en virtud del Crédito Euroloan, así como de los Intereses y Gastos del Crédito relacionados, facultará al Acreedor para exigir al Deudor, además del importe impagado, el Interés de Demora señalado en las Condiciones Particulares, así como los gastos ocasionados por el impago del Crédito y sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito.

Cualquier cantidad que reciba el Acreedor, una vez vencido el pago de cualquier cuota del Contrato de Línea de Crédito Euroloan se imputará, en primer lugar, a los costes de cobro de la deuda; en segundo lugar, a los intereses devengados y al principal del Crédito y, en tercer lugar, a las penalizaciones.


11. DERECHO DE DESISTIMIENTO

De acuerdo con el artículo 28 de la LCCC, el Deudor tendrá derecho a desistir del Contrato en los catorce (14) días naturales siguientes a la perfección del Contrato de Línea de Crédito Euroloan sin tener que indicar ninguna razón y sin ningún cargo. La notificación del desistimiento deberá enviarse adjunta a un correo electrónico a la dirección indicada en el encabezamiento de estos Términos Generales o por escrito al domicilio social del Acreedor. El Deudor deberá devolver al Acreedor cualquier cantidad que hubiera recibido de éste con anterioridad al ejercicio de su derecho de desistimiento y el interés acumulado sobre dicho capital, si lo hubiere, entre la fecha de disposición y la fecha de reembolso del capital. Dichas cantidades deberán devolverse al Acreedor a la mayor brevedad y, en todo caso, en el plazo máximo de treinta (30) días naturales a contar desde la fecha de la notificación del desistimiento.


12. CESIÓN DE DERECHOS

El Acreedor tendrá derecho a ceder, sujeto a la notificación previa por escrito al Deudor, el Contrato de Línea de Crédito Euroloan suscrito conforme a estos Términos Generales junto con todos los derechos y obligaciones derivados del mismo a una tercera parte.

El Deudor no tendrá derecho a ceder sus derechos y obligaciones a una tercera parte.


13. INFORMES DE IMPAGOS EN EL REGISTRO DE CRÉDITOS

El Acreedor tendrá derecho a informar, y el controlador del registro tendrá derecho a inscribir cualquier impago en el registro de créditos, si el Deudor se retrasa en un pago más de 30 días naturales desde la fecha de pago acordada y si, paralelamente, han pasado al menos diez (10) días naturales desde que se le envió el recordatorio de pago al Deudor informándole de la posibilidad de inscribir un impago.


14. AMORTIZACIÓN ANTICIPADA, CANCELACIÓN Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE LÍNEA DE CRÉDITO EUROLOAN

El Contrato de Línea de Crédito Euroloan estará en vigor desde su fecha de firma y hasta la fecha que ocurra antes: (i) el trascurso del Plazo Inicial (o cualquiera de sus prórrogas) sin que el Deudor haya realizado ninguna Disposición; o (ii) trascurrido el Plazo Inicial (o cualquiera de sus prórrogas), cuando no se haya solicitado prórroga por el Deudor o no se haya autorizado por el Acreedor, y además se hayan pagado la totalidad de los Saldos Pendientes así como cualesquiera otras cantidades que se debieran por el Acreedor al Deudor en virtud de este Contrato de Línea de Crédito Euroloan. Lo anterior, sin perjuicio de la terminación por incumplimiento del Contrato de Línea de Crédito.

El Deudor tendrá derecho a pagar en concepto de amortización anticipada la suma total o parcial de los Saldos Pendientes. El importe mínimo para realizar una amortización anticipada es de cuarenta y nueve (49€) Euros. Las Condiciones Particulares podrán incluir el pago a cargo del Deudor de comisiones y/o gastos por este concepto.

El pago de cantidades en concepto de amortización anticipada se hará (i) mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el Acreedor o en la Cuenta Bancaria del Acreedor, especificando la referencia del Contrato, o (ii) a través de cualquiera de los métodos que el Acreedor ponga a disposición del Deudor. El pago de las Amortizaciones anticipadas se considerará realizado una vez figure como recibido en Cuenta Bancaria del Acreedor o en la cuenta señalada por el Acreedor en la notificación correspondiente.

En el caso de que se produzca una amortización anticipada parcial del Contrato de Línea de Crédito Euroloan, el plazo de amortización se recalculará de acuerdo con la Cuota Mensual y los Saldos Pendientes en ese momento, reduciéndose por tanto el plazo de amortización en la parte correspondiente. Si la deuda pendiente del Deudor es menor que la Cuota Mensual, se facturará una última cuota por el importe total pendiente de la deuda junto con los Intereses y Gastos del Crédito correspondientes.

Las partes tendrán derecho a resolver el presente Contrato en caso de incumplimiento por la otra parte. Entre las causas de incumplimiento sustancial del Deudor, se incluirá, sin carácter limitativo,

(i) Proporcionar o haber proporcionado información incorrecta o engañosa.
(ii) Incumplir o retrasarse en el pago de cualquiera de las obligaciones de pago asumidas bajo el Contrato.

En caso de incumplimiento por el Deudor, el Acreedor podrá declarar la amortización anticipada del Crédito Euroloan y el Crédito Euroloan será inmediatamente exigible en su totalidad.

En caso de fallecimiento del Deudor se producirá la amortización anticipada del crédito de forma automática y el Crédito Euroloan será inmediatamente exigible en su totalidad.


15. COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES

A menos que se haya acordado otra cosa en el presente Contrato, el Acreedor efectuará las comunicaciones correspondientes al Deudor por escrito por medio de email, correo postal o telefónico.

El Deudor deberá efectuar las comunicaciones correspondientes al Acreedor en relación con cualquier asunto relacionado con el presente contrato por escrito a la dirección de correo electrónico disponible en el servicio de atención al cliente: info@euroloan.es.


16. OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN DEL DEUDOR

El Deudor deberá notificar de forma inmediata los cambios en la información de contacto al Acreedor. Si el Deudor no comunica que han cambiado sus datos de contacto y el Acreedor necesitará esta información para la facturación y para el servicio de atención al cliente relacionado con el Contrato, el Acreedor tendrá derecho a obtener del Deudor la información de contacto modificada del Deudor.

A petición del Acreedor, el Deudor proporcionará en cualquier momento la información pertinente sobre su situación financiera o cualquier otra información que afecte a la relación crediticia, y que sea necesaria para la relación crediticia.


17. MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO

El Acreedor tendrá derecho a modificar el presente Contrato. El Acreedor comunicará los cambios en el Contrato de la siguiente forma:

El Acreedor tendrá derecho a modificar los gastos, comisiones y pagos contractuales por el aumento en el nivel general de los precios o gastos o por otra razón justificable. El Acreedor notificará al Deudor por escrito, o de cualquier otra forma permanente, el cambio en los pagos y en las comisiones y de su efecto en el importe, número o fecha de vencimiento de las cuotas. El cambio entrará en vigor en el momento especificado por el Acreedor, pero no antes del plazo de un (1) mes tras el envío de la notificación al Deudor, a menos que el Deudor acepte la modificación antes de ese momento.

Sin perjuicio de lo anterior, el Acreedor podrá modificar las condiciones del Contrato de acuerdo con los siguientes términos: si la modificación del contrato o sus términos no aumentan las obligaciones del Deudor o no reducen sus derechos, o si la modificación es atribuible a cambios legislativos, al tipo de interés de referencia o a alguna orden oficial, el Acreedor tendrá derecho a anunciar esta modificación publicándola en su Página Web. En ese caso, la modificación entrará en vigor en el momento estipulado por el Acreedor. Sin embargo, si una modificación o sus términos aumentan las obligaciones del Deudor o reducen sus derechos y no es atribuible a cambios legislativos o a alguna orden oficial, el Acreedor anunciará dicha modificación y el Deudor deberá aceptarla expresamente, ya sea electrónicamente o por escrito. En este caso, la modificación entrará en vigor en el momento estipulado por el Acreedor, pero no antes del plazo de un (1) mes tras el anuncio. Si el Deudor no acepta los términos modificados, el Acreedor tendrá derecho a terminar el Contrato sin que por la mera terminación tenga el Acreedor derecho a realizar ningún cargo al Deudor.


18. FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes será responsable del daño o retraso causado por acciones de las autoridades, por huelgas, cierres patronales, guerra, alteración de los sistemas de pago o de los servicios de telecomunicaciones, o por cualquier otro factor que sea considerado de fuerza mayor, y en el que dicha parte no hubiese podido influir.


19. PRIVACIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS, COOKIES

El Acreedor tratará los datos del Deudor con sujeción al aviso de privacidad. (terceros proveedores de información podrán facilitar al Acreedor cierta información) con la principal finalidad de comprobar la solvencia del Deudor (téngase en cuenta que se toman decisiones automatizadas), gestionar la relación, actividades de marketing y con finalidades estadísticas y analíticas

El Acreedor procesará los datos personales del Deudor. La mayor parte de la información se recoge directamente del Deudor, pero cierta información (la dirección de los consumidores) será recogida por el Acreedor a través de los proveedores de información profesional facultados a proporcionar dicha información.

Es obligatorio que el Deudor proporcione al Acreedor ciertos datos personales. De lo contrario, el cumplimiento del contrato no sería posible.

El abuso de los datos personales podrá ser denunciado a la policía por el Deudor.

La finalidad del tratamiento de los datos personales por el Acreedor es cumplir el Contrato de Línea de Crédito Euroloan, proceder a la identificación y calificación crediticia del consumidor, la evaluación de riesgos, el desarrollo de los servicios del Acreedor, con el fin de utilizar las relaciones con el cliente, el marketing y las estadísticas y análisis internos. En caso de ser necesario, para investigar el fraude y abuso de los servicios del Acreedor, éste también podrá utilizar la información disponible en Internet con fines de identificación. Lo anterior, sobre la base de la ejecución del Contrato de Línea de Crédito Euroloan, con el fin de tomar medidas a petición del Deudor antes de celebrar el contrato referido, sobre la base de la obligación del Acreedor de cumplir con sus obligaciones legales o con el consentimiento del Deudor.

Es necesario tener en cuenta el Acreedor toma decisiones automáticas sobre la concesión o no de un crédito a consumidores en función de su calificación crediticia. Si el Deudor ha sido incluido en una lista negra de crédito, el Acreedor no le concederá un crédito.

Los datos personales del Deudor podrán transferirse a las autoridades competentes que los soliciten, de conformidad con las obligaciones legales del Acreedor y, en su caso, a las bases de datos de solvencia o a las listas negras de crédito enumeradas en el contrato, en caso de que el Deudor incumpla sus obligaciones de pago, basándose en el interés legítimo del Acreedor de intentar recuperar el dinero prestado.

El Acreedor conservará los datos personales del Deudor durante las actividades de calificación crediticia y, en su caso, durante la validez del contrato y durante un período adicional con el fin de cumplir sus objetivos comerciales o para cumplir con la legislación aplicable, los requisitos de auditoría, los requisitos reglamentarios o las órdenes de los tribunales competentes.

El Deudor podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación de la finalidad y portabilidad de los datos en cualquier momento, dirigiendo una solicitud por escrito a Mash Finance Spain, S.L.U., calle Eloy Gonzalo 27, 28010, Madrid, o por correo electrónico: clientes@euroloan.es, o por teléfono: 910 314 212 de lunes a viernes de 8:00 a 18:00.

Si el Deudor considera que el Acreedor no ha atendido debidamente el ejercicio de sus derechos, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (http://www.aepd.es).

Nuestra responsable de protección de datos, Yasmina Aiachi, responderá a las preguntas relacionadas con la protección de datos por correo electrónico: DPO@euroloan.com


20. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Este Contrato de Línea de Crédito Euroloan se regirá por las leyes de España. Los tribunales de España donde el Deudor está domiciliado tendrán jurisdicción para resolver cualquier disputa que surja o esté relacionada con el Contrato de Línea de Crédito Euroloan.

Asimismo, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 524/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo a la resolución de litigios en línea en materia de consumo, le informamos que, en caso de cualquier controversia relacionado con el Contrato podrá acudir a la “Plataforma Online de Resolución de Conflictos” que ha desarrollado la Comisión Europea a la que podrá acceder a través del siguiente enlace: http://ec.europa.eu/consumers/odr/

Estos Términos Generales son válidos a partir del 28 de agosto de 2019. Estos términos no pretenden restringir los derechos legales del Deudor.

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